Defensa penal

Defendemos a la parte acusada en el procedimiento penal.

El derecho a la defensa constituye parte tradicional e integral del derecho a un juicio justo. Derecho a la defensa se puede interpretar como un derecho específico, o un conjunto de derechos, que se garantizan a las personas sometidas a procedimientos penales, sobre todo a las personas imputadas (acusadas).

La importancia del derecho a la defensa está confirmada por el hecho de estar tradicionalmente garantizado a nivel constitucional, así como en los documentos internacionales sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales, sobre todo en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

A nivel nacional el derecho a la defensa está especificado en el derecho penal y sus normas, sobre todo en el código procesal penal, que recoge con más detalle los derechos de las personas sometidas al procedimiento penal, sobre todo de los imputados, así como al abogado defensor de los imputados.

Un instrumento muy importante para ejercer el derecho a la defensa de la persona sometida al procedimiento penal es la defensa asistida por un abogado defensor. Un juicio justo requiere que la persona sometida a un procedimiento penal, o sea sobre todo el imputado, pueda intervenir en el procedimiento mediante un profesional con experiencia en organizar la defensa, quien puede apoyar al imputado en apuros, supervisar las condiciones de detención y comprobar que las autoridades penales han actuado de acuerdo con la Ley.

El derecho a un juicio justo tiene un papel fundamental en una sociedad democrática; la defensa por parte de un abogado defensor favorece el respeto al derecho a un juicio justo y la defensa de los derechos de las personas sometidas al procedimiento penal.

Solo el abogado puede ejercer el papel del defensor en el procedimiento penal. El derecho a la asistencia jurídica por parte de un abogado defensor se constituye en el momento de su elección o designación. El imputado puede elegir un abogado defensor, o si el imputado no ejerce este derecho, lo puede elegir en su lugar un pariente en línea directa, su hermano, adoptante, hijo adoptado, cónyuge, pareja de hecho y pareja. En el caso de asistencia jurídica obligatoria, es decir, si el imputado no dispune de un abogado defensor en los casos que debe hacerlo, el defensor será designado por el presidente de la Sala, o en la fase de procedimiento de instrucción
el juez. Sin embargo, el imputado podrá elegir, en lugar del abogado defensor designado o del abogado defensor elegido por parte interesada, otro abogado.

Al margen de asistencia jurídica obligatoria, un abogado defensor puede ser también designado cuando el imputado tiene derecho a asistencia jurídica gratuita o a un coste reducido. Si el imputado acredita la insuficiencia de recursos para pagar los gastos de la defensa, el presidente de la sala, o en la fase de procedimiento de instrucción el juez, decidirá que tiene derecho a asistencia jurídica gratuita o a un coste reducido, o sea si las pruebas reunidas muestran que el imputado carece de recursos suficientes para pagar los gastos de asistencia jurídica, cuando sea necesario para proteger los derechos del imputado, el presidente de la sala, o en la fase de procedimiento de instrucción el juez a petición de la fiscalía (incluso sin la petición del imputado), podrá reconocer su derecho a asistencia jurídica gratuita o a un coste reducido. Cuando al imputado se le reconozca el derecho a asistencia jurídica gratuita o a un coste reducido y el imputado pida que se le designe un abogado defensor, se le designará inmediatamente.

El abogado defensor – tanto el elegido como el designado – tiene la obligación de proporcionar al imputado asistencia jurídica necesaria, usar para la defensa de los intereses del imputado de manera eficaz las medidas estipuladas por la ley y medios de defensa, sobre todo vigilar que en el procedimiento se aclaren debida y a tiempo los hechos que prueben su inocencia o mitiguen su culpa.

El abogado defensor está autorizado, ya en la fase de procedimiento de instrucción, a hacer propuestas, presentar peticiones, interponer recursos, participar en actos de investigación determinados, hacer preguntas a los interrogados, así como oponerse a la manera de realizarse el acto. El abogado defensor generalmente tiene derecho de acceder a los expedientes, tomar notas de la información contenida en los expedientes, obtener copias de los expedientes o de sus partes. Una vez concluida la investigación, el abogado defensor tiene derecho a estudiar en un plazo razonable los expedientes y proponer complementación de investigación. En la fase probatoria del juicio oral, el abogado defensor tiene derecho a interrogar a los testigos, hacer propuestas de pruebas, así como solicitar que se le permita practicar una prueba, especialmente interrogar a un testigo o perito, y también tiene derecho a hacer un alegato final.